Decreto 45/2019, de 24 de mayo: nace la categoría de teleoperador/a de CC 061 en Baleares.
- aspatem

- 14 jun 2019
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Artículo 20
Creación de la categoría de teleoperador/teleoperadora de central de coordinación del 061
1. Se crea la categoría de personal estatutario de teleoperador/teleoperadora de central de coordinación del 061.
2. Grupo de clasificación: subgrupo C2.
3. Titulación exigida para acceder: título de técnico/técnica en emergencias sanitarias, establecido por el Real Decreto 1397/2007, de 29 de octubre.
4. Funciones: las propias de su titulación en relación con las actividades de teleoperación y teleasistencia sanitaria.
5. Retribuciones: deben ser las mismas que correspondan a la categoría de telefonista.
6. Integración:
6.1. El personal estatutario del Servicio de Salud de las Illes Balears, que en el momento en que entre en vigor este decreto, esté prestando servicio en alguna plaza de la categoría estatutaria de telefonista se integrará automáticamente en la categoría estatutaria de teleoperador / teleoperadora de central de coordinación del 061, siempre que tenga la titulación oficial correspondiente y desempeñe las funciones propias de esa categoría, para lo cual se expedirá el nombramiento fijo o temporal correspondiente. Quien se integre perderá su categoría de origen.
6.2. Las plazas afectadas por este proceso de integración que pertenezcan a la categoría estatutaria de telefonista deben ser amortizadas y reconvertidas en plazas correspondientes a la nueva categoría. A tal efecto, deben hacerse las modificaciones correspondientes en la plantilla orgánica de la Gerencia de Atención de Urgencias 061.
6.3. El personal estatutario del Servicio de Salud de las Illes Balears que, en el momento en que entre en vigor este decreto, no tenga el título oficial para ingresar en la nueva categoría y esté prestando servicio en alguna plaza de la categoría estatutaria de telefonista conservará esta categoría mientras permanezca en esa plaza desempeñando las funciones propias de su nombramiento.
http://www.caib.es/eboibfront/es/2019/10999/623059/decreto-45-2019-de-24-de-mayo-por-el-que-se-crean-





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