El TJUE falla que los trabajadores subrogados por la administración no tienen que opositar
- aspatem

- 20 jun 2019
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Los trabajadores incorporados a un servicio municipal como consecuencia de la liquidación y disolución de una empresa de capital público deben mantener sus derechos como trabajadores internos, por lo que no se les puede obligar a ganarse el puesto con una oposición. Aunque la legislación nacional aplicable exija haber superado esta prueba, la primacía del Derecho de la UE protege a estos empleados cedidos. Así lo establece una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre un litigio en Portugal.
En su sentencia, el tribunal europeo declara que, en este punto, la legislación del país vecino es contraria al Derecho de la UE, más concretamente a la Directiva 2001/23/CE del Consejo, de 12 de marzo de 2001, sobre la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas al mantenimiento de los derechos de los trabajadores en caso de traspasos de empresas, de centros de actividad o de partes de empresas o de centros de actividad.
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